En 2015
Antoine de Saint-Exupéry, Autor de
El Principito, pasó a formar parte de la lista de
autores que entran en
dominio público, esto quiere decir que cualquiera podría
publicar, imprimir libros o compartir la obra sin tener que pagar los
derederos de autor.
Como regla general, los derechos de explotación de la obra duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento, es decir una obra de dominio público es aquella que pasado un período de tiempo ya no está protegida por el derecho de autor.
No obstante, hay ciertos plazos para determinar tipos de obra:
- Los derechos de explotación de las obras anónimas o seudónimas duran 70 años desde su divulgación lícita.
- Los derechos de explotación de las obras no divulgadas lícitamente duran 70 años desde la creación de éstas.
- Los derechos de explotación de las obras en colaboración duran toda la vida de los coautores y 70 años desde la muerte o declaración de fallecimiento del último coautor superviviente.
- Los derechos de explotación sobre obras colectivas duran 70 años desde la divulgación lícita de la obra protegida.
En caso de obras divulgadas por partes, volúmenes, entregas o fascículos, que no sean independientes y cuyo plazo de protección comience a transcurrir cuando la obra haya sido divulgada de forma lícita, dicho plazo ha de computarse por separada para cada elemento.
Por otra parte, señalar que la protección en España de los derechos de explotación de las obras creadas por autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987 tendrán la duración prevista de 80 años desde la muerte del autor, según la Ley de Propiedad Intelectual.
Es por ello, que aquellos que quieran imprimir un libro en una imprenta y no sean los editores ni los autores de la obra han de asegurarse que es una obra de dominio público y que ya no está protegida por los derechos de autor.
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